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¿Qué tendrá que hacer el club si tiene positivos durante la competición?

Dentro de la circular facilitada por la Federación Española de Fútbol, se especifican las disposiciones extraordinarias por el COVID-19, en la que destacan los efectos de un test positivo en la plantilla, cuerpo técnico y demás integrantes en un club como podría ser el Recreativo de Huelva.

Así, resaltan que «en Segunda División B, en caso de que uno de los miembros del club con licencia deportiva con dicho equipo diera positivo por COVID-19 deberá apartársele de los entrenamientos y de la rutina del equipo y los demás miembros con licencia deberán pasar imperativamente las correspondientes pruebas en el plazo máximo de 5 días desde que se conociera el positivo«.

Si por cualquier razón no pudieran realizarse los test a los demás miembros con licencia, «se aplicaría lo previsto en el apartado anterior«, es decir, no podrían realizar los entrenamientos y la rutina habitual del equipo. También añaden que «el mismo criterio se aplicará cuando los casos positivos sean superiores a 3 coincidentes en el mismo período de tiempo«.

Cabe recordar que los clubes están obligados «a comunicar de manera confidencial y bajo el principio de secreto profesional al Departamento Médico de la RFEF y en el plazo máximo de 24 horas desde que tuvieran conocimiento del mismo, si cualquiera de sus integrantes con licencia federada en competiciones no profesionales de ámbito estatal diera positivo de Covid-19.La misma obligación y con los mismos criterios y garantías tendrá cualquiera de las personas que posean licencia deportiva con la RFEF y considere no oportuno comunicar la incidencia al club al que pertenece. A estos efectos, la no comunicación prevista en los párrafos anteriores será considerada como infracción muy grave«.

También se remarca que «si por razones de fuerza mayor un equipo de Segunda División B no pudiera realizar los entrenamientos y disputar los partidos en su terreno de juego durante el desarrollo de la competición, por un período superior a dos jornadas, deberá sustituirlo por cualquier otro que, dentro del territorio nacional, reúna las condiciones mínimas fijadas para un terreno de juego de su misma categoría. En todo caso, deberá desplazarse íntegramente a ese otro territorio y realizar todos los entrenamientos y disputar todos sus encuentros en el mismo terreno de juego, salvo que por razones de fuerza mayor requieran un nuevo cambio de terreno de juego, sin que el equipo pueda permanecer en el territorio donde exista prohibición de entrenamientos y/o partidos«.

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